La Comisión Europea actualizó este martes su lista de jurisdicciones con alto riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, incluyendo por primera vez a Venezuela. La decisión supone un nuevo golpe reputacional para el país sudamericano, cuyas instituciones financieras estarán ahora bajo una vigilancia reforzada por parte de los bancos y organismos europeos. Con información de EFE.
Además de Venezuela, también fueron añadidos a la lista Argelia, Angola, Costa de Marfil, Kenia, Laos, Líbano, Mónaco, Namibia y Nepal. Al mismo tiempo, la Comisión decidió retirar a Gibraltar, Panamá, Barbados, Jamaica, Filipinas, Senegal, Uganda y los Emiratos Árabes Unidos, tras considerar que estos territorios han mejorado sus marcos regulatorios y de supervisión.
La inclusión en esta lista no implica sanciones automáticas, pero sí impone obligaciones más estrictas de control para las entidades financieras de la Unión Europea que operen con contrapartes en estas jurisdicciones. La medida busca proteger al sistema financiero europeo de los riesgos vinculados al lavado de dinero y al financiamiento de actividades ilícitas.
Según la Comisión, la revisión tuvo en cuenta datos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), visitas de evaluación técnica y un proceso de diálogo con las jurisdicciones afectadas. Este esfuerzo, según Bruselas, responde también a las objeciones expresadas previamente por el Parlamento Europeo, que en 2023 había rechazado una propuesta anterior por considerar que no se estaban tomando en serio los vínculos de algunos países con la evasión de sanciones a Rusia.
En esa ocasión, los eurodiputados denunciaron que existían pruebas claras de que territorios como Gibraltar, Panamá y los Emiratos Árabes Unidos no estaban tomando medidas suficientes para evitar prácticas de lavado o la elusión de sanciones internacionales. Pese a estas advertencias, la Comisión optó ahora por retirarlos de la lista, al considerar que han adoptado mejoras sustanciales.
La propuesta actual está sujeta a revisión por parte del Parlamento Europeo y los Estados miembros, quienes tienen un plazo de uno a dos meses para presentar objeciones. De no hacerlo, los cambios entrarán en vigor automáticamente.