Cuando no sirve el “compliance”

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Foto Cortesía - DR

Según un especialista en derecho mercantil, ser consejero de empresas en España implica más riesgos que hace diez años. Desde la reforma del Código Penal (2015), ser persona jurídica también involucra la probabilidad de cometer delitos que pueden ser penalizados con multas o incluso la disolución de la empresa.

El caso del BBVA es un ejemplo de ello, el cual fue imputado por presuntos delitos de cohecho, descubrimiento y revelación de secretos, y corrupción en los negocios relacionados con una operación de espionaje encargada al ex comisario José Manuel Villarejo. Estos cargos convierten al ente financiero en la primera gran empresa española imputada por tres delitos de corrupción, después de la reforma del Código Penal.

La responsabilidad penal de las empresas viene impuesta por una decisión dentro del marco europeo del año 2003, a part¡r de la que se ha empezado a aplicar el compliance (cumplimiento) normativo en las corporaciones. La imputación al BBVA es muy grave porque es indicio de que la cultura de cumplimiento falló en el nivel más alto de gestión.

Según un escrito de Anticorrupción, el BBVA contrató al entramado empresarial de Villarejo para el desarrollo de servicios de inteligencia, “de naturaleza patrimonial y carácter ilícito”, además de seguimientos personales y acceso a comunicaciones o documentación bancaria que, supondrían múltiples vulneraciones de derechos fundamentales de varias personas.

Tener un programa interno de compliance no es garantía de que la empresa no pueda verse afectada por otros factores. Lo importante es desarrollar una cultura de cumplimiento basado en la ética.

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