UIF de Argentina: Detectados sobreprecios de 1.500% en productos vendidos a Venezuela a través de convenio con Pdvsa

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CCD |  Empresas argentinas adquirieron productos  a compañías chinas que directamente fueron enviadas a Venezuela, sin pasar por la nación sureña como exportaciones argentinas, con sobreprecios de más de 1500% sin haberles agregado valor alguno, así lo revela una investigación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de Argentina.

En el marco del convenio firmado en 2004 entre Hugo Chávez Frías y Néstor Kirchner, se estableció un esquema de intercambio comercial por el cual desde Venezuela se enviaba combustible a Argentina y desde ese país se pagaba con exportaciones de diferentes productos como medicinas, alimentos, maquinaria agrícola y equipos informáticos, entre otros productos.

La UIF de Argentina, a cargo de Mariano Federici, detectó operaciones sospechosas de corrupción y lavado de dinero en las transacciones realizadas en el marco del acuerdo. Las alarmas se encendieron cuando empresarios argentinos y venezolanos registraron compañías off shore en el Caribe para concretar los negocios.

Uno de los casos analizados es el de “una empresa argentina que adquirió mercancías a una compañía china, las cuales nunca entraron a Argentina sino que fueron enviadas directamente a Venezuela como si fueran exportaciones argentinas con un sobreprecio de más del 1.500%, sin haberles agregado valor alguno, es decir, con un sobreprecio que multiplicó más de 15 veces su valor real, obteniéndose ganancias extraordinarias sin ninguna justificación”.

Las enormes ganancias obtenidas por el fraudulento esquema generaron pasivos impositivos a los empresarios en Argentina que evadieron facturando a empresas de venezolanos por servicios  de consultoría. Según Mariano Federici, presidente de la UIF de Argentina, esos pagos enmascararon sobornos. “Creemos que esa facturación, ademas de aliviar el impacto impositivo de las ganancias a los empresarios argentinos, sería el retorno a los funcionarios venezolanos y argentinos que armaron el esquema”. 

Así lo expuso Federici en entrevista concedida a CuentasClarasDigital en el marco del Simposio de delitos económicos de la Universidad de Cambridge, donde fue uno de los principales oradores.

Según la UIF, el esquema fraudulento comprendía ”productos comercializados por las firmas nacionales que se encontraban sobre valuados y/o no cumplían con los requerimientos técnicos que hubiesen permitido establecer su valor”. También señala que “se identificó en varios de los casos que las empresas involucradas no reunían los antecedentes comerciales ni la infraestructura requerida para hacer frente a las exportaciones pactadas”.

Las empresas “exportadoras” en Argentina, una vez recibidos los pagos por sus productos, realizaron transferencias a cuentas bancarias en Andorra, Estados Unidos, Panamá, y Curazao, simulando así el pago de servicios.

Las operaciones sospechosas detectadas por la UIF fueron reportadas al Poder Judicial y al Ministerio Público de Argentina por lo que actualmente están siendo investigadas en el marco de varias causas penales. 

La UIF conformó una Tipología de lavado de activos con intervención de transacciones comerciales con Venezuela ” (texto completo al final de la nota) en mayo y la difundió entre los más de 50.000 sujetos obligados de Argentina, instándolos a reportar cualquier operación sospechosa que detectaran.

  • Los mecanismos de liquidación o pago de las exportaciones han adoptado diversas modalidades, he aquí algunas:
  • Mediante transferencias internacionales que se acreditaron en las cuentas de las sociedades exportadoras.
  • Mediante fideicomisos financieros en Argentina (cuyo fiduciario era PDVSA) que libraba los pagos  (transferencias bancarias a cuentas en Argentina) a los exportadores argentinos por los bienes y/o servicios exportados a Venezuela, con fondos obtenidos por PDVSA (administrados por fideicomisos) producto de la exportación de combustibles desde Venezuela a Argentina.

Se detectaron exportaciones que no registraron el ingreso en las divisas correspondientes lo que permite suponer que los pagos emitidos desde Venezuela podrían haber sido canalizados a cuentas bancarias radicadas en otras jurisdicciones.

Todo ello llevó a la UIF de Argentina  a inferir que “las operaciones habrían sido realizadas en torno a actividades presuntamente ilícitas que señalan la existencia de un marco de corrupción generalizada en el cual, altos funcionarios del gobierno venezolano en connivencia con funcionarios argentinos, habrían facilitado el esquema con la finalidad ulterior de recibir retornos (sobornos) en contraprestación por sus servicios”.

La trama de corrupción en torno al convenio entre Venezuela y Argentina habría violado disposiciones aduaneras, fiscales, sociales y de lavado de activos o legitimación de capitales.

Comercio con Venezuela bajo sospecha

Mariano Federici señala que la UIF analiza con detenimiento todas las transacciones comerciales con Venezuela. “Nos interesan particularmente los nuevos protagonistas de las negociaciones con Argentina, principalmente debido a la inmensa red de corrupción detectada”. Federici considera que por el restringido acceso de los empresarios venezolanos a las divisas preferenciales que asigna discrecionalmente el gobierno, se asume que los que las tienen podrían estar involucrados en hechos de corrupción. 

Mariano Federici, presidente UIF Argentina y Margarita de Tablante, CuentasClarasDigital
  • Las señales de alerta descritas por la UIF de Argentina son:
  • Existencia de operaciones de exportaciones de Argentina a Venezuela.
  • Empresas exportadoras que no reúnanlos antecedentes comerciales y/o la infraestructura requerida para suministrar los productos encadenados.
  • Triangulación de operaciones de exportación de bienes que no ingresan a Argentina y son enviados a Venezuela.
  • Pagos efectuado por empresas que exportan a Venezuela a entidades del exterior por supuestas prestaciones de servicios cuando dichas prestaciones no pueden ser verificadas.
  • Cobros en cuenta bancarias producto de operaciones comerciales con Venezuela.
  • Inconsistencias entre los valores declarados ante la Aduana en operaciones de exportaciones y los posibles valores reales de los productos exportados.
  • Conocimiento de que alguna de las personas físicas vinculadas a empresas exportadoras argentinas se encuentren relacionadas con investigaciones judiciales (en Argentina u otros países).
  • Interposición de la figura de fideicomisos en operaciones de comercio exterior, en tanto las modalidades operativas utilizadas facilitan evadir los controles estatales. 

Los facilitadores del lavado de activos en la mira : banqueros y abogados

La UIF ha abierto el debate en Argentina sobre el rol de los facilitadores de esquemas de lavado de activos o legitimación de capitales, en especial los banqueros y los abogados. Federici considera crítico el papel de los profesionales en estos esquemas. “Hemos comenzado a cuestionar la ilicitud del dinero con que los acusados de ese delito pagan los honorarios de sus abogados. Es inadmisible que mientras más se haya robado, se disponga de más recursos para costear los bufetes más poderosos. Señala Federici que en EEUU ya hay disposiciones legales sobre el tema. Los acusados deben justificaría que el dinero usado para costear su defensa no proviene del lavado de activos. Sin embargo, puede haber excepciones en donde bajo previo acuerdo, el juez de la causa admite que sea utilizado dinero proveniente del delito en cuestión.

“Es la diferencia entre la civil law que rige en los países de Latinoamérica y la common law de las naciones anglosajonas”, apunta Federici. 

Ley del “arrepentido” y Ley de extinción de dominio

En Argentina, gracias a leyes aprobadas recientemente como la denominada “de los arrepentidos”, se ha podido llevar adelante procesos como los de la ex presidenta de Argentina Cristina Kirchner, quien está siendo procesada en tres casos acusada de ser jefa de una asociación ilícita y de lavado de dinero. El primero de los juicios comienza en 2019. Comenta Federici que las pruebas son irrefutables y han sido aportadas por los “arrepentidos” tanto del sector privado como público. Más recientemente, el caso de los cuadernos del chofer de uno de los funcionarios involucrados, están siendo fundamentales para descubrir la trama corrupta de Néstor y Cristina Kirchner al frente de la presidencia de la República de Argentina. Ocho cuadernos detallan montos y puntos de recogida y de entrega de maletines con dólares en efectivo, sobornos utilizados para obtener la adjudicación de obras públicas.

La figura del arrepentido contemplada en la respectiva ley de 2016, aplica para casos de corrupción, sobornos, dádivas, asociación ilícita, delitos vinculados a la producción y tráfico de drogas, a corrupción de menores, prostitución, trata de personas y pornografía infantil, entre otros.

Se trata de una herramienta que permite reducir la pena a aquellas personas que participaron de un determinado delito pero que dan información importante para la causa, permitiendo agilizar la investigación. Como contrapartida se les reduce la pena que les corresponde por el delito que cometieron hasta un máximo de un tercio y “no permite acuerdos como los que realiza las autoridades de EEUU de una reducción acordada de la pena o de quedarse con parte del dinero”.

No pueden acogerse a la ley de “arrepentidos” funcionarios que sean sujetos de juicio político, es decir, el presidente, el vicepresidente, los ministros del Gobierno y los jueces de la Corte Suprema.

Por otro lado, la ley de extinción de dominio es un proyecto que debate el Senado argentino para facilitarle al Estado el decomiso de bienes y fondos obtenidos de forma ilícita, para casos de delitos federales como corrupción, narcotráfico y lavado de dinero. Señala Federici que la misma ha sido exitosa en Colombia en la lucha contra los carteles de narcotraficantes. Se trata una acción civil, que no necesita  de la condena penal porque es un proceso independiente. Cuando se acredita que un bien no es legítimo, se dicta sentencia. “Es decir, se revierte la carga de la prueba ya que es el dueño del bien el que debe acreditar la propiedad del mismo y no el Estado el que debe probar su origen ilegítimo”. 

CCD – Después de los Papeles de Panamá, Odebrecht y Lava Jato, ¿Qué debe hacer Latinoamérica para salir del círculo de corrupción en el que ha caído?

MF – Los casos recientes que evidencian una corrupción obscena bajo regímenes populistas deja poco margen para seguir tolerando la situación. Siento que hay un enorme y profundo cansancio de la sociedad con la corrupción, una demanda social de cambio con fuerte presión a los gobernantes lo cual genera una gran oportunidad.

CCD – ¿Qué hacer para lograr un cambio real?

MF – Que se  haga justicia con los responsables los casos  y al mismo tiempo se produzcan las reformas necesarias para corregir y prevenir que vuelvan a suceder. Es imperioso que la región aborde con decisión y liderazgo la lucha contra la corrupción que es el principal obstáculo que tenemos para el crecimiento de nuestros pueblos que se merecen tanto y que no han podido desarrollar su potencial precisamente por la corrupción. 

 Fuentes: Entrevista, Documento “Tipología de lavado de activos con intervención de transacciones comerciales de Venezuela”, publicado por InfoBae.

UIF Argentina Tipología Venezuela cortesía de Infobae by CCD on Scribd

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