Casas de bolsa pueden tener en cartera bonos de deuda

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valores 1En la modificación de la Ley de Mercado de Valores, de fecha 30 de diciembre de 2015 y publicada en la Gaceta Oficial No. 6.211, se abre la posibilidad de que las casas de bolsa vuelvan a tener en sus carteras bonos de la deuda. Mercados. Esta actividad estaba explícitamente prohibida desde 2010, a raíz de la  llamada minicrisis financiera.

Este proceso de negociación lo podrán realizar tras la autorización de la Superintendencia Nacional de Valores.

Igualmente, la reforma da cabida nuevamente a la entrada al mercado de las sociedades de corretaje, entidades que habían sido unificadas como operadores de valores en la modificación anterior.

Otro de los aspectos importantes de la nueva normativa es el aumento de capital, el cual anteriormente se establecía en Bs. 3.250.000. El texto de la ley autoriza a las instituciones de casas de bolsa y sociedades de corretaje, según su tamaño, a incrementar su capital social en Unidades Tributarias (UT), lo que permite la indexación por inflación o el ajuste por incremento de precios.

En este caso, las sociedades de corretaje de valores y casas de bolsa se dividen en limitadas y universales. Las limitadas deben mantener un capital social mínimo totalmente pagado y suscrito en efectivo equivalente a 250.000 Unidades Tributarias (UT) y para las universales el monto asciende a 500.000 Unidades Tributarias (UT).

El economista Víctor Silva, de Capital Consultores, destacó como un avance significativo la modificación realizada. “Lo que está plasmado en la ley permite que el capital mínimo de las compañías que participan en el mercado de valores tengan mayor solidez en cuanto a patrimonio y capital, esto le dará fuerza al mercado de valores”, dijo.

Actividades

Otro de los aspectos importantes que destaca el economista Silva, es el regreso de las figuras del reporto y de los préstamos de margen, lo que permite a los tenedores de títulos valores solicitar préstamos a cuenta de los mismos.

En el caso del reporto: es un financiamiento con la garantía de un título. Si una sociedad de corretaje tiene un título en cartera propia y requiere fondos para una operación puede hacer un reporto con una institución financiera a la cual le da el papel como garantía, y contra ese título, la institución le entrega los fondos. Allí se firma automáticamente un pacto de recompra.

En el caso del préstamo de margen: si un cliente de una casa de bolsa en la cual tiene colocados sus bonos necesita fondos, puede optar a un préstamo con la garantía de los mismos.

Los tipos de valores sometidos al control de la Superintendencia Nacional de Valores son: papeles comerciales, derivados y títulos de participación. En el caso de las pymes, la nueva normativa las exime de presentar requisitos ante la sociedad calificadora para ser autorizadas a realiza oferta pública de obligaciones y papeles comerciales. Están calificadas como pequeñas y medianas empresas las que producen bienes y servicios con una nómina promedio de hasta 50 trabajadores y una facturación de hasta 100.000 UT.

Las sanciones administrativas por faltas a la normativa pueden ser multa y cancelación de la autorización. Las multas por las faltas a la normativa de aquellos sujetos sometidos al control de la Superintendencia van desde 2.500 a 10.000 UT. También se pueden aplicar sanciones penales con tiempo contemplado entre 2 a 7 años.El Mundo, Economía y Negocio

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