CPI autoriza reanudar investigación sobre Crímenes de Lesa Humanidad en Venezuela

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Foto/Archivo

La Corte Penal Internacional ha aprobado la continuación de la investigación sobre Venezuela debido a presuntos crímenes de lesa humanidad en el país, según se confirmó en un comunicado emitido el martes 27 de junio.

La Sala ha concluido que, aunque se están llevando a cabo algunas medidas de investigación en Venezuela, los procedimientos penales internos no reflejan adecuadamente el alcance de la investigación planeada por la Fiscalía.

Esta resolución se produce después de que el régimen de Nicolás Maduro intentara detener la investigación e incluso negar los crímenes a través de discursos públicos.

Los jueces que decidieron continuar con las investigaciones concluyeron que “Venezuela no está investigando (y no muestra intención de investigar) las alegaciones de hecho que subyacen a los elementos contextuales de los crímenes de lesa humanidad”. Además, señalaron que las investigaciones internas se centran principalmente en los perpetradores directos o de bajo nivel, sin abordar adecuadamente la intencionalidad discriminatoria y los delitos de naturaleza sexual.

Según la Corte, las medidas adoptadas en Venezuela parecen ser limitadas y presentan períodos de inactividad investigativa inexplicables. Además, consideran que las investigaciones internas no reflejan adecuadamente la naturaleza de los crímenes que la Fiscalía busca investigar.

La Sala, compuesta por los magistrados Péter Kovács (presidente), Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou y María del Socorro Flores Liera, ha examinado la solicitud de la Fiscalía, así como las observaciones de las autoridades venezolanas competentes, quienes colaboraron activamente con la Corte. También se tuvieron en cuenta 1.875 opiniones y preocupaciones presentadas a través de la Sección de Reparación y Participación de las Víctimas.

La Sala señaló que esta conclusión no impide que Venezuela proporcione información en el futuro para que la Fiscalía o la Sala determinen la inadmisibilidad de los casos en base al principio de complementariedad.

Leer la decisión aquí:

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