Pablo Iglesias pierde juicio sobre los pagos del régimen chavista a su nombre

Se añade que otras investigaciones similares se han llevado a cabo sobre otros miembros de Podemos por pagos realizados por Irán y Venezuela antes y después de la fundación del partido político.

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Foto Cortesía

La información de Ok Diario sobre el pago de 272.325 dólares del Gobierno de Venezuela a Pablo Manuel Iglesias Turrión en una cuenta a su nombre en el banco Euro Pacific del paraíso fiscal de Islas Granadinas fue veraz, contrastada en fuentes policiales, alejada de una mera invención, de interés general y ajustada a la doctrina del Tribunal Supremo.

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Así de contundente se manifiesta la titular del Juzgado de Primera Instancia número 84 de Madrid en la sentencia que desestima la demanda del secretario general de Podemos contra Ok Diario, al no entender vulnerado su derecho al honor. La magistrado sí condena a Iglesias al pago de las costas del procedimiento judicial.

Para la juez Gladys López Manzanares prevalece en todo momento el derecho a la información sobre el derecho al honor: “La difusión de una investigación policial sobre la existencia de una cuenta a nombre del demandante en un banco offshore, con sede en un paraíso fiscal, y su relación con la orden de pago y autorización del mismo realizados por autoridades venezolanas no suponen sin más un ataque al honor del demandante”.

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Ok Diario publicó el 6 de mayo de 2016 la información sobre el secretario general de Podemos con el siguiente titular: “El Gobierno de Maduro pagó 272.000 dólares a Pablo Iglesias en el paraíso fiscal de Granadinas en 2014″. En el reportaje el diario aportaba los documentos que lo demostraban: la orden de pago y un memorándum sobre la operación bancaria.

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Cortesía de Ok Diario

La sentencia de la juez señala que “en el momento de publicarse la noticia su contenido y contraste con las fuentes eran suficientes…. y, aunque la investigación policial no finalizara no significa que los hechos no tuvieran veracidad necesaria para justificar la publicación, una vez contrastados no con una sino con varias fuentes“.

Y llega aún más lejos: “El periodista tiene no sólo el derecho a informar sino también el deber de comunicar hechos relevantes para el interés general de los ciudadanos, máxime al iniciarse en la época de publicación de la noticia el procedimiento para elegir un nuevo presidente para el país”.

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El escrito de la magistrado también señala: “Se añade que otras investigaciones similares se han llevado a cabo sobre otros miembros de Podemos por pagos realizados por Irán y Venezuela antes y después de la fundación del partido político, interviniendo organismos como el Tribunal de Cuentas o la UDEF y el Seplac“.

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