Tribunal de Bolivar condena a director de Correo del Caroní por informar sobre corrupción en Ferrominera

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f42d9a78d8d8e45ce696041593a59f65_LEl Tribunal Penal Sexto de Juicio del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, a cargo del juez Beltrán Javier Lira, emitió en la madrugada de este viernes una sentencia condenatoria contra el director de Correo del Caroní, David Natera Febres, con motivo de la cobertura informativa que hizo este medio en 2013 sobre el caso de corrupción en la CVG Ferrominera Orinoco.

Natera Febres fue condenado a cuatro años de prisión por los delitos de difamación e injuria continuada. A ello se suma una multa de 1.137 unidades tributarias, y la imposición de una medida vigente: la prohibición de publicar noticias relacionadas con un empresario de la región, en cuanto al caso de corrupción en FMO.

El juez Beltrán Lira impuso además dos medidas de coerción personal hasta tanto no quede firme el fallo: la prohibición de salida del país y presentación cada 30 días, con la aclaratoria -según explica el abogado defensor Morris Sierralta- que se aplica esas medidas porque la pena no llega a cinco años, de lo contrario el juez hubiese privado de libertad de forma inmediata.

De conformidad con los argumentos interpuestos por la parte acusadora, aceptados por el juez Lira, cualquier medio de comunicación debe esperar la sentencia de un tribunal para poder informar sobre un caso de corrupción, lesionando el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información oportuna que tienen los medios y, sobre todo, los ciudadanos.

Adicionalmente, hay una medida ininteligible, según señaló la defensa, que es la medida económica contra David Natera. Se trata de la prohibición de enajenar y gravar derechos, aunque la medida debería ser enajenar bienes e inmuebles, en su carácter de factor mercantil de Correo del Caroní, y ordena oficiar al registro mercantil donde está registrado, a los fines de que imponga la medida.

Hasta ahora no existe una sentencia firme. Se espera la publicación de la misma, y una vez notificada a las partes, corre un lapso de 10 días hábiles para las apelaciones; de no haberlas, la sentencia se mantiene firme.

La defensa aclaró que el fallo del tribunal mantiene la prohibición de relacionar al empresario demandante con el caso de corrupción en Ferrominera Orinoco.

Los argumentos interpuestos por la parte acusadora, aceptados por el juez Lira, suponen que cualquier medio de comunicación debe esperar la sentencia de un tribunal para poder informar sobre un caso de corrupción, lesionando el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información oportuna que tienen los medios y, sobre todo, los ciudadanos

El miércoles 9 de marzo de 2016 se retomó el juicio por difamación e injuria en contra del diario de circulación regional.

Investigación periodística

La investigación periodística por el que hoy se castiga al presidente editor de este rotativo fue la que reveló la existencia de un proceso de extorsión emprendido por el coronel de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), Juan Carlos Álvarez Dionisi, a la alta gerencia de CVG Ferrominera y sus contratistas. Según los testimonios recogidos en el expediente de la Dgcim, el militar extorsionó a directivos de la estatal ferrífera y empresarios de la región a cambio de no incluirlos en una supuesta investigación que emprendía Álvarez Dionisi, según la cual los extorsionados formarían parte de una llamada mafia del hierro.

El oficial Dionisi fue apresado por estas denuncias.

Como resultado de las averiguaciones, el presidente para ese entonces de la estatal de hierro, Radwan Sabbagh, fue destituido del cargo en mayo 2013. Luego Sabbagh, tres gerentes de la empresa y el empresario Yamal Mustafá, propietario del diario Primicia y de la empresa Corpobrica, fueron detenidos e imputados.

La noticia sobre este caso de corrupción tuvo eco en más de una veintena de medios de comunicación venezolanos, sin embargo, el empresario Yamal Mustafá demandó en esa oportunidad al director de Correo del Caroní, David Natera Febres, por los delitos de difamación e injuria.

El tribunal que admitió la demanda emitió una medida para prohibir a Correo del Caroní divulgar información sobre este hecho de corrupción, vulnerando el derecho a la información del pueblo de Guayana y de Venezuela de conocer las incidencias de un caso de interés público.

Mustafá interpuso la demanda por difamación e injuria en contra de Natera Febres, y también en contra del entonces diputado Andrés Velásquez, quien quedó excluido de la querella por gozar de inmunidad parlamentaria. Lo hizo a pesar de haber sido detenido e imputado por el caso de corrupción de FMO.

El Ministerio Público imputó a Mustafá por peculado doloso propio, concertación de funcionario público con contratista y asociación para delinquir dentro del caso de corrupción de FMO. Estuvo retenido más de dos años y ahora goza de libertad plena tras el sobreseimiento de su causa penal en diciembre de 2015. Correo del Caroní  

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