La condena en Francia contra la cementera Lafarge sacudió el panorama corporativo internacional y abre una nueva etapa en la responsabilidad penal de las multinacionales que operan en zonas de conflicto.
El Tribunal Penal de París declaró culpable a la empresa —hoy bajo control del grupo suizo Holcim— de haber pagado aproximadamente 5,6 millones de euros entre 2013 y 2014 a organizaciones yihadistas, incluido el autodenominado Estado Islámico, con el objetivo de mantener operativa una planta de cemento en el norte de Siria en medio de la guerra civil.
En el mismo fallo, ocho exdirectivos fueron condenados por financiación del terrorismo, entre ellos el exdirector ejecutivo Bruno Lafont, quien recibió una pena de seis años de prisión con ingreso inmediato. La sentencia sostiene que los pagos facilitaron el fortalecimiento operativo de grupos terroristas, incluyendo la preparación de atentados en Europa.
La defensa de Lafont rechazó el veredicto y anunció que apelará, alegando falta de pruebas directas sobre su conocimiento de los pagos. Sin embargo, el tribunal consideró que la estructura de decisiones dentro de la empresa permitía inferir responsabilidad en la cúpula directiva.
El caso gira en torno a la planta de Jalabiya, adquirida por Lafarge en 2008 y operativa desde 2010, ubicada en una zona que quedó bajo control de grupos armados tras el estallido de la guerra civil siria en 2011. Según la acusación, la compañía pagó cerca de 800.000 euros para garantizar el paso seguro de sus empleados y alrededor de 1,6 millones de euros para adquirir materias primas en territorios controlados por el Estado Islámico.
Para el académico Didier Rebut, especialista en derecho penal, la decisión es “histórica” porque por primera vez se aplica la calificación de terrorismo a actividades económicas de una empresa. El fallo establece que no es necesario que exista afinidad ideológica con grupos terroristas para que se configure el delito, bastando con que decisiones financieras contribuyan a su funcionamiento.
La jueza Isabelle Prévost-Desprez subrayó que los pagos fueron “fundamentales” para el control de recursos por parte del Estado Islámico, lo que permitió financiar operaciones terroristas tanto en Medio Oriente como en Europa.
El caso también introduce un cambio de paradigma para el sector privado. A partir de ahora, las empresas que operan en entornos de alto riesgo no podrán escudarse en la necesidad de adaptarse a contextos locales si sus operaciones implican transferencias, intermediarios o cadenas de suministro que beneficien a organizaciones armadas o entidades sancionadas.
La sentencia eleva el estándar de cumplimiento y refuerza la necesidad de controles estrictos en materia de debida diligencia, logística y gobernanza corporativa. Más allá del impacto reputacional, el riesgo para las compañías pasa a ser penal, con consecuencias directas para sus ejecutivos.
Aunque expertos advierten que no todos los casos derivarán en acusaciones por terrorismo —debido a los altos umbrales jurídicos—, sí anticipan un aumento en investigaciones por complicidad en crímenes de guerra o de lesa humanidad cuando las empresas mantengan operaciones en zonas donde sus actividades puedan favorecer a actores violentos.












