Decisión polémica: Audiencia Nacional de España archiva la causa contra Columbus One

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Foto Archivo

La Audiencia Nacional ha confirmado el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones contra la sociedad Columbus One Properties Management S.L., investigada por presunto blanqueo de capitales y organización criminal en una de las piezas del caso PDVSA. La Sala de lo Penal, Sección Cuarta con ponencia del Magistrado Juan Francisco Martel Rivero, desestima así el recurso de apelación presentado por la asociación Acces Info Europe, que ejerce la acusación popular.

La investigación apuntaba a un supuesto entramado empresarial creado para canalizar fondos ilícitos procedentes de Venezuela, presuntamente blanqueados a través de inversiones inmobiliarias en España. Según la acusación, Columbus One y su estructura societaria formaban parte del llamado “grupo Columbus”, utilizado para introducir y legitimar capitales de origen delictivo vinculados a operaciones como “Atlantic” y “Money Flight”, conectadas con la petrolera estatal PDVSA.

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Entre los nombres mencionados en el procedimiento figuran Nervis Gerardo Villalobos, exviceministro venezolano de Energía Eléctrica, y otros socios fundadores de Columbus One, como José Vicente Amparan Croquer, Ralph Steinmann, Luis Fernando Vuteff García y Darío Ale Iturralde. Sin embargo, la resolución de la Audiencia Nacional excluye a Columbus One de responsabilidad penal, al no apreciarse indicios suficientes para mantener su imputación.

El tribunal considera que las operaciones financieras investigadas son actos comerciales legítimos (“actos neutros”) y que no se ha demostrado ni siquiera de forma indiciaria que la empresa supiera del origen ilícito de los fondos. Asimismo, los magistrados rechazan la petición de reabrir la instrucción, argumentando que está agotada y que las diligencias pendientes no aportarían elementos sustanciales para continuar el proceso.

Por tanto, el Tribunal ordena levantar todas las medidas cautelares contra Columbus One, sin perjuicio de que la causa pueda reabrirse si en el futuro aparecen nuevos indicios.

La resolución es firme y no admite recurso ordinario.

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