La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió el 18 de febrero de 2026 la Licencia General 50A, una medida que modifica las condiciones bajo las cuales determinadas empresas internacionales pueden realizar operaciones vinculadas al sector petrolero y gasífero venezolano, junto con nuevas aclaratorias que precisan el alcance de autorizaciones previamente otorgadas. Con información de OFAC – Departamento del Tesoro de EE. UU.
La licencia autoriza ciertas transacciones que involucren al Gobierno de Venezuela, Petróleos de Venezuela (PDVSA) o entidades bajo su control, siempre que dichas operaciones estén vinculadas a compañías incluidas en un anexo específico, entre ellas Chevron, BP, Eni, Repsol, Shell y Maurel & Prom. No obstante, esta autorización se encuentra sujeta a estrictas condiciones diseñadas para mantener el control jurídico y financiero bajo la jurisdicción estadounidense.
Entre los requisitos más relevantes, la OFAC establece que los contratos relacionados con estas operaciones deben regirse por las leyes de Estados Unidos o de alguna jurisdicción dentro de su territorio, y que cualquier disputa deberá resolverse en tribunales estadounidenses. Esta disposición garantiza que las autoridades norteamericanas mantengan supervisión directa sobre cualquier conflicto legal derivado de estas actividades.
La licencia también refuerza los controles sobre los pagos vinculados a estas operaciones. Cualquier transferencia monetaria dirigida al Gobierno de Venezuela, PDVSA o entidades bloqueadas, excluyendo impuestos locales o tasas operativas ordinarias, debe realizarse a través de fondos especiales controlados por el Departamento del Tesoro, conocidos como Foreign Government Deposit Funds. Este mecanismo limita el acceso directo del aparato estatal venezolano a los ingresos generados por estas transacciones.
Adicionalmente, la OFAC prohíbe el uso de mecanismos alternativos de pago, como oro, criptomonedas o activos digitales, así como cualquier esquema destinado a cancelar deudas mediante petróleo o acuerdos equivalentes. También se excluyen transacciones que involucren a personas o entidades vinculadas a países bajo sanciones adicionales o que no cumplan con las condiciones establecidas en la licencia.
En paralelo, el organismo emitió nuevas aclaratorias en forma de preguntas frecuentes que precisan que ciertas licencias permiten pagos operativos rutinarios, como tarifas portuarias, aduaneras o permisos locales necesarios para mantener operaciones autorizadas. Asimismo, confirmó que algunas autorizaciones permiten transacciones vinculadas al suministro de diluyentes, un elemento esencial para la producción y transporte del crudo venezolano.
Las compañías que operen bajo la Licencia General 50A deberán presentar informes periódicos detallando las transacciones realizadas, las partes involucradas y los pagos efectuados, lo que permite al Departamento del Tesoro mantener supervisión continua sobre estas operaciones y verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas.
Estas medidas reflejan el enfoque adoptado por Estados Unidos de permitir operaciones limitadas bajo estricta supervisión, manteniendo el régimen de sanciones contra el aparato estatal venezolano mientras garantiza el control sobre los flujos financieros y contractuales derivados de la explotación petrolera.











