La sentencia del TSJ: Autogolpe y negocios

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CCD | Fuentes de CuentasClarasDigital aseguran que tras la ilegal resolución del TSJ que anuló a la Asamblea Nacional habría, además, un oscuro negocio petrolero.

El objetivo sería evitar que la creación o modificación de una empresa petrolera o minera tuviera que pasar por el escrutinio de la AN, como dice la Ley, y recayera así solo en manos del Poder Ejecutivo.

En CCD nos preguntamos: Quién o quiénes elevaron la consulta a la sala Constitucional del TSJ? A qué se debe la premura del TSJ en admitir, decidir y publicar la sentencia en tiempo record?, A qué empresa y/o empresarios beneficia la medida?

La decisión express

La Sala Constitución del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió que no existen impedimentos “para que el Ejecutivo Nacional constituya empresas mixtas”, destacando el presunto desacato que mantendría la Asamblea Nacional (AN).

En nota de prensa, indicaron que la resolución se basa en “el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, a cuyo efecto el Ejecutivo, por órgano del Ministerio de Energía y Petróleo, deberá informar a la Sala de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones, incluidas las ventajas especiales previstas a favor de la República”.

En este sentido, destacaron que “cualquier modificación posterior de las condiciones deberá ser informada a esta Sala, previo informe favorable del Ministerio de Energía y Petróleo”.

Con respecto a la AN, declararon que “no podrá modificar las condiciones propuestas ni pretender el establecimiento de otras condiciones”.

Finalmente, destacaron que “en el marco del estado de excepción vigente, la sentencia del máximo juzgado de la Nación, dispone que el Jefe de Estado podrá modificar, mediante reforma, la norma objeto de interpretación, en correspondencia con la jurisprudencia de esta Sala Constitucional”.

Fuente: Con información de nota de prensa

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