Resumen 2010 (4): Venezuela en la “lista Gris” del GAFI por 1ra. vez

Publicado por CCD el diciembre 31, 2010 | No hay comentario

Una gran polémica generó la inclusión de Ecuador, Argentina, Paraguay y Honduras en la llamada “lista gris” del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo intergubernamental que ha venido trazando los estándares de prevención, control, detección y penalización de la legitimación de capitales (lavado de dinero) y el financiamiento del terrorismo. Venezuela, por primera vez, también forma parte de esta lista, pero  la información pasó sin ningún tipo de reacción en el sector oficial, pese  a su divulgación pública el  pasado 22 de octubre de 2010, con el título “Informe Global de cumplimiento (IGC)”, donde están incluidos otros países, además de los mencionados.

El último IGC –  conocido como la lista gris- fue conocido  al finalizar  la más reciente  reunión plenaria del GAFI, realizada en París (Francia), del 20 a 22 octubre 2010. Como a la mayoría de países citados, la inclusión de Venezuela  es  “por las deficiencias estratégicas que aún persisten” en el combate del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo (LD/FT).

Aunque Venezuela ha tomado medidas – manifiesta el informe- para superar las deficiencias estratégicas en la prevención y control de la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo, y además asumió un compromiso político de alto  nivel para trabajar con el GAFI y el Grupo de Acción Financiera Internacional del Caribe (GAFIC[1]) en este mes de octubre de 2010, aún persisten situaciones que deben ser superadas.

¿Cuáles son las “deficiencias Estratégicas” que persisten en Venezuela? .

De acuerdo al informe estos son los asuntos pendientes:

(1)  Penalización  adecuada del financiamiento del terrorismo .

(2) Establecimiento y aplicación de procedimientos apropiados para identificar y congelar los activos de terroristas.

(3) Garantizar el  pleno funcionamiento  de la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (Unif), ente adscrito a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban), pero el GAFI exige un funcionamiento independiente.

(4)  La aplicación de directrices oportunas  para la ejecución de la política de Diligencia Debida sobre  los clientes de todos los sectores. Este punto, entendemos, significa el obligatorio cumplimiento del programa  “Conozca al cliente”, no sólo en las instituciones financieras, sino también en casinos y salas de bingo,  inmobiliaria y compraventa de bienes inmuebles, empresas dedicadas a la construcción, entre otros sujetos obligados establecidos en el artículo 42 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada.

(5) El establecimiento obligado y ajustado de información para Reportar Actividades Sospechosas de legitimación de Capitales y Financiamiento del Terrorismo.

Siga la lectura…Lo cumplido  y lo incumplido (clic sobre el 2 abajo indicado)

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